Seguro de Incendio


1. En caso de cualquier modificación al uso del bien asegurado, debe ser notificado a la Compañía para su evaluación ya que podría significar una agravación de riesgo que implique la denegación de su reclamo.

2. La suma asegurada establecida debe corresponder al valor real del bien y actualizarse al menos cada año. En caso que al momento del siniestro se determine que el valor real no corresponde a la suma asegurada, el monto a indemnizar podría resultar menor al valor reclamado.

3.
La renuencia a proporcionar la información solicitada por la Aseguradora ocasionará retrasos en el análisis y posterior indemnización del mismo, si aplica.



Seguro de Automóviles


1. Si conduce en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas lícitas o ilícitas y sufre un accidente, su reclamo sería declinado.

2. En caso de siniestro donde el conductor del vehículo asegurado sea menor de 21 años y no se haya contratado la cobertura de Minoría de Edad, la Compañía no indemnizará la pérdida resultante por dicho evento.

3. La renuencia a proporcionar la información solicitada por la Aseguradora ocasionará retrasos en el análisis y posterior indemnización del mismo, si aplica.


Seguro de Vida Colectivo


1. Si dentro del Grupo Asegurado, el Contratante incluye personas con edades fuera de los límites negociados, las mismas no gozarán de la cobertura del seguro.

2. El asegurado deberá reportar en la Solicitud del Seguro cualquier padecimiento ya que la omisión de esta información dará lugar a la declinación del siniestro.

3. La renuencia a proporcionar la información solicitada por la Aseguradora ocasionará retrasos en el análisis y posterior indemnización del mismo, si aplica.



Seguro de Saldo Deuda


1. Si dentro del Grupo Asegurado, el Contratante incluye personas con edades fuera de los límites negociados, las mismas no gozarán de la cobertura del seguro.

2. El asegurado deberá reportar en la Solicitud del Seguro cualquier padecimiento ya que la omisión de esta información dará lugar a la declinación del siniestro.

3. La renuencia a proporcionar la información solicitada por la Aseguradora ocasionará retrasos en el análisis y posterior indemnización del mismo, si aplica.